SEGURO DESGRAVAMEN
SEGURO DESGRAVAMEN
Seguro de Desgravamen brindan cobertura al Asegurado quien asume un crédito con Financiera QAPAQ.
COBERTURA
Los riesgos cubiertos son:
Suma asegurada:
El Saldo Insoluto del crédito al momento del siniestro (no incluye intereses compensatorios, moratorios, portes, comisiones u otros gastos); hasta un máximo de S/150,000 (o su equivalente en moneda extranjera) por Asegurado. El límite máximo asegurable aplica para la sumatoria de una o varias Solicitudes-Certificado de este tipo de producto adquiridas por el mismo ASEGURADO.
*Inicio de vigencia a partir del 02/11/2022
REQUISITOS Y CONDICIONES
Prima Comercial Mensual
La Prima Única Comercial + IGV se calculará = Monto Inicial del Crédito x Tasa Bruta Mensual x [(Fecha Final – Fecha Inicial+1) x (Factor de Pago – Factor de Descuento) + Factor de Pago x 30]
Donde:
Exclusiones
Sin exclusiones.
Beneficiario Titular
Financiera Qapaq por el Saldo Insoluto (sin considerar penalidades, comisiones y gastos) a la fecha de ocurrencia del siniestro.
AVISO DE SINIESTROS
En caso de siniestro, los beneficiarios deberán dar aviso a la compañía en un plazo no menor a 30 días calendarios desde el conocimiento del mismo, o del beneficio, o después de dicho plazo, tan pronto como sea posible, siempre y cuando el retraso obedezca a motivos de fuerza mayor.
Posteriormente deberá de presentar los siguientes documentos:
En caso de Muerte Natural:
En caso Muerte Accidental, adicionalmente se deberá presentar:
En caso de muerte presunta del ASEGURADO, ésta deberá acreditarse conforme a las disposiciones legales vigentes.
En caso de Invalidez Total y Permanente por Enfermedad:
En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente:
Si tienes alguna consulta o necesitas más información, puedes llamar a CHUBB SEGUROS PERU S.A., al 417-5000, de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m., o escribir a atención.seguros@chubb.com.
La cobertura del seguro es responsabilidad de Chubb Seguros Perú S.A., empresa distinta a Financiera Qapaq S.A . Ley N° 28587, sus modificatorias y reglamento correspondiente.
COBERTURA
Los riesgos cubiertos son:
Suma asegurada:
El Saldo Insoluto del crédito al momento del siniestro (no incluye intereses compensatorios, moratorios, portes, comisiones u otros gastos); hasta un máximo de S/150,000 (o su equivalente en moneda extranjera) por Asegurado. El límite máximo asegurable aplica para la sumatoria de una o varias Solicitudes-Certificado de este tipo de producto adquiridas por el mismo ASEGURADO.
*Inicio de vigencia a partir del 02/11/2022
REQUISITOS Y CONDICIONES
Prima Comercial Mensual
La Prima Única Comercial + IGV se calculará = Monto Inicial del Crédito x Tasa Bruta Mensual x [(Fecha Final – Fecha Inicial+1) x (Factor de Pago – Factor de Descuento) + Factor de Pago x 30]
Donde:
Exclusiones
Sin exclusiones.
Beneficiario Titular
Financiera Qapaq por el Saldo Insoluto (sin considerar penalidades, comisiones y gastos) a la fecha de ocurrencia del siniestro.
AVISO DE SINIESTROS
En caso de siniestro, los beneficiarios deberán dar aviso a la compañía en un plazo no menor a 30 días calendarios desde el conocimiento del mismo, o del beneficio, o después de dicho plazo, tan pronto como sea posible, siempre y cuando el retraso obedezca a motivos de fuerza mayor.
Posteriormente deberá de presentar los siguientes documentos:
En caso de Muerte Natural:
En caso Muerte Accidental, adicionalmente se deberá presentar:
En caso de muerte presunta del ASEGURADO, ésta deberá acreditarse conforme a las disposiciones legales vigentes.
En caso de Invalidez Total y Permanente por Enfermedad:
En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente:
Si tienes alguna consulta o necesitas más información, puedes llamar a CHUBB SEGUROS PERU S.A., al 417-5000, de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m., o escribir a atención.seguros@chubb.com.
La cobertura del seguro es responsabilidad de Chubb Seguros Perú S.A., empresa distinta a Financiera Qapaq S.A . Ley N° 28587, sus modificatorias y reglamento correspondiente.