SEGURO RUTA PROTEGIDA
SEGURO RUTA PROTEGIDA
Seguro de accidente que te brinda asistencias de auxilio vehicular
COBERTURA
Coberturas y Sumas Aseguradas:
Cobertura Principal | Sumas Aseguradas Máximas | Máximo de Atenciones por Año |
Muerte Accidental | S/1,000.00 | - |
Asistencias:
SERVICIO DE ASISTENCIAS A365 | ||
SERVICIOS | COBERTURAS | |
ASISTENCIA VIAL | MONTO MÁXIMO | MÁXIMO DE EVENTOS POR AÑO |
Orientación medica general telefónica Orientación psicológica telefónica Telemedicina general Ambulancia por emergencias | 100% 100% 100% Hasta S/ 350.00 | Sin limite Sin limite 8 eventos 3 eventos |
ASISTENCIA VEHICULAR | MONTO MÁXIMO | MÁXIMO DE EVENTOS POR AÑO |
Grúa por emergencia Auxilio vial (cambio de llanta, paso de corriente, envío de combustible, apertura de puerta) Chofer de reemplazo Asistencia legal telefónica Lavado vehicular de bienvenida | Hasta S/ 350.00 Hasta S/ 150.00 Hasta S/ 150.00 100% Copago s/45.00 (hasta S/ 150.00) | 2 eventos 10 eventos 1 evento Sin limite 1 evento |
ASISTENCIA EDUCATIVA | MONTO MÁXIMO | MÁXIMO DE EVENTOS POR AÑO |
Plataforma Educativa Acceso a plataforma Personalizada Cursos de interés Webinars de interés Talleres personalizados | Acceso ilimitado | Acceso ilimitado |
REQUISITOS Y CONDICIONES
Tener un préstamo vigente con Financiera QAPAQ.
Límite de edad:
Prima Comercial Mensual
Exclusiones
Las exclusiones se encuentran detalladas en la Póliza de Seguro.
Beneficiarios
Los beneficiarios designados por el Asegurado.
Si tienes alguna consulta o necesitas más información, puedes llamar a CHUBB SEGUROS PERU S.A. al 417-5000, de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 6:00 p. m. o escribir a atencion.seguros@chubb.com.
La cobertura del seguro es responsabilidad de Chubb Seguros Perú S.A., empresa distinta a Financiera Qapaq S.A. Ley N° 28587, sus modificatorias y reglamento correspondiente.
AVISO DE SINIESTROS
EL CONTRATANTE y/o los Beneficiarios o Herederos Legales deberá(n) dar aviso a la COMPAÑÍA por cualquiera de los medios de comunicación pactados de la ocurrencia del siniestro, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario desde el conocimiento del mismo, o de conocido el beneficio, o después de dicho plazo, tan pronto como sea posible, siempre y cuando el retraso obedezca a motivos de fuerza mayor, caso fortuito o imposibilidad de hecho.
Posteriormente deberá de presentar los siguientes documentos:
En caso Muerte Accidental, adicionalmente se deberá presentar:
COBERTURA
Coberturas y Sumas Aseguradas:
Cobertura Principal | Sumas Aseguradas Máximas | Máximo de Atenciones por Año |
Muerte Accidental | S/1,000.00 | - |
Asistencias:
SERVICIO DE ASISTENCIAS A365 | ||
SERVICIOS | COBERTURAS | |
ASISTENCIA VIAL | MONTO MÁXIMO | MÁXIMO DE EVENTOS POR AÑO |
Orientación medica general telefónica Orientación psicológica telefónica Telemedicina general Ambulancia por emergencias | 100% 100% 100% Hasta S/ 350.00 | Sin limite Sin limite 8 eventos 3 eventos |
ASISTENCIA VEHICULAR | MONTO MÁXIMO | MÁXIMO DE EVENTOS POR AÑO |
Grúa por emergencia Auxilio vial (cambio de llanta, paso de corriente, envío de combustible, apertura de puerta) Chofer de reemplazo Asistencia legal telefónica Lavado vehicular de bienvenida | Hasta S/ 350.00 Hasta S/ 150.00 Hasta S/ 150.00 100% Copago s/45.00 (hasta S/ 150.00) | 2 eventos 10 eventos 1 evento Sin limite 1 evento |
ASISTENCIA EDUCATIVA | MONTO MÁXIMO | MÁXIMO DE EVENTOS POR AÑO |
Plataforma Educativa Acceso a plataforma Personalizada Cursos de interés Webinars de interés Talleres personalizados | Acceso ilimitado | Acceso ilimitado |
REQUISITOS Y CONDICIONES
Tener un préstamo vigente con Financiera QAPAQ.
Límite de edad:
Prima Comercial Mensual
Exclusiones
Las exclusiones se encuentran detalladas en la Póliza de Seguro.
Beneficiarios
Los beneficiarios designados por el Asegurado.
Si tienes alguna consulta o necesitas más información, puedes llamar a CHUBB SEGUROS PERU S.A. al 417-5000, de lunes a viernes de 9:00 a. m. a 6:00 p. m. o escribir a atencion.seguros@chubb.com.
La cobertura del seguro es responsabilidad de Chubb Seguros Perú S.A., empresa distinta a Financiera Qapaq S.A. Ley N° 28587, sus modificatorias y reglamento correspondiente.
AVISO DE SINIESTROS
EL CONTRATANTE y/o los Beneficiarios o Herederos Legales deberá(n) dar aviso a la COMPAÑÍA por cualquiera de los medios de comunicación pactados de la ocurrencia del siniestro, en un plazo no mayor a treinta (30) días calendario desde el conocimiento del mismo, o de conocido el beneficio, o después de dicho plazo, tan pronto como sea posible, siempre y cuando el retraso obedezca a motivos de fuerza mayor, caso fortuito o imposibilidad de hecho.
Posteriormente deberá de presentar los siguientes documentos:
En caso Muerte Accidental, adicionalmente se deberá presentar: