Seguro Vida Integral Plus - Qapaq

SEGURO VIDA INTEGRAL PLUS

Seguro de Vida Integral Plus que brindan cobertura al Asegurado quien asume un crédito con Financiera QAPAQ.

COBERTURA

Los riesgos cubiertos son:

  • Muerte natural
  • Muerte accidental
  • Invalidez total y permanente por accidente.

Suma asegurada:

Monto Inicial del Crédito (sin considerar intereses compensatorios, moratorios, portes, comisiones u otros gastos), hasta un máximo de S/150,000 (o su equivalente en moneda extranjera) por ASEGURADO.

*Inicio de vigencia a partir del 01/03/2025

REQUISITOS Y CONDICIONES

  • Tener un préstamo vigente con Financiera QAPAQ.
  • Edad de Ingreso: Personas naturales mayores de 18 años y menores de 70 años 364 días (inclusive) de edad.
  • Edad de Permanencia: Con un máximo de 75 años 364 días (inclusive) de edad.

Prima Comercial

  • Tasa Neta Mensual: 0.108%
  • Tasa Bruta Mensual: 0.111%

Cálculo de la Prima Comercial: La prima comercial se calculará multiplicando la Tasa Bruta Mensual por el monto inicial del crédito por el número de meses del crédito.

El cargo por la comercialización de seguros está incluido en la prima comercial y es equivalente al 48.54%.

Periodicidad de pago: Prima única adelantada
Forma de Pago: Cargo al crédito 

Exclusiones
Sin exclusiones.

Beneficiario Titular
Financiera Qapaq por el Saldo Insoluto (sin considerar penalidades, comisiones y gastos) a la fecha de ocurrencia del siniestro.

Beneficiarios Adicionales
El beneficiario en favor de el/ los Beneficiarios (s) Adicional(es) comprende la diferencia que exista entre la Suma Asegurada declarada en la Solicitud-Certificado de Seguro y el saldo insoluto de la deuda (sin considerar penalidades, comisiones y gastos) a la fecha de ocurrencia del siniestro. En caso de no haber declarado Beneficiarios, la indemnización se pagará a los Herederos Legales del Asegurado.

AVISO DE SINIESTROS

En caso de siniestro, los beneficiarios deberán dar aviso a la compañía en un plazo no menor a 30 días calendarios desde el conocimiento del mismo, o del beneficio, o después de dicho plazo, tan pronto como sea posible, siempre y cuando el retraso obedezca a motivos de fuerza mayor. Posteriormente deberá de presentar los siguientes documentos:

En caso de Muerte Natural:

  • Documento de identidad del ASEGURADO, en caso lo tenga en su poder o ante la ausencia de dicho documento la Ficha Reniec del ASEGURADO.
  • Acta o Partida de Defunción.
  • Certificado Médico de Defunción completo.
  • Estado de Cuenta del préstamo a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad Financiera.
  • Ficha Ruc y/o DNI de(los) Beneficiario(s).
  • Certificado Médico de Defunción completo.

En caso de Muerte Accidental, adicionalmente se deberá presentar:

  • Documento de identidad del ASEGURADO, en caso lo tenga en su poder o ante la ausencia de dicho documento la Ficha Reniec del ASEGURADO.
  • Acta o Partida de Defunción.
  • Certificado Médico de Defunción completo.
  • Estado de Cuenta del préstamo a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad Financiera.
  • Ficha Ruc y/o DNI del (los) Beneficiario(s).
  • Atestado Policial Completo, según corresponda.
  • Protocolo de Necropsia completo, según corresponda.
  • Resultado de Dosaje Etílico y/o Resultado de Análisis Toxicológico; según corresponda.

En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente:

  • Documento de identidad del ASEGURADO, en caso lo tenga en su poder.
  • Copia Certificada del Atestado Policial Completo, según corresponda.
  • Resultado de Análisis Toxicológico; según corresponda.
  • Certificado de Discapacidad o Dictamen de Grado de Invalidez otorgado por los hospitales de los ministerios de Salud, de Defensa o del Interior, o también por el Seguro Social de Salud (EsSalud), u otra entidad autorizada para emitir dicho documento, en el cual se declare la condición de Invalidez Total y Permanente por Accidente.
  • Formato de Declaración Médica suscrita por el médico tratante.
  • Historia Clínica en copia fedateada y foliada por la institución de salud (en caso el formato Declaración Médica no fuese suficiente para evaluar el siniestro).
  • Estado de Cuenta del préstamo a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por EL CONTRATANTE
  • Dosaje Etílico, en caso de accidente de tránsito.

Si tienes alguna consulta o necesitas más información, puedes llamar a CHUBB SEGUROS PERU S.A., al 417-5000, de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m., o escribir a atención.seguros@chubb.com.

La cobertura del seguro es responsabilidad de Chubb Seguros Perú S.A., empresa distinta a Financiera Qapaq S.A . Ley N° 28587, sus modificatorias y reglamento correspondiente.

Cobertura del SEGURO

COBERTURA

Los riesgos cubiertos son:

  • Muerte natural
  • Muerte accidental
  • Invalidez total y permanente por accidente.

Suma asegurada:

Monto Inicial del Crédito (sin considerar intereses compensatorios, moratorios, portes, comisiones u otros gastos), hasta un máximo de S/150,000 (o su equivalente en moneda extranjera) por ASEGURADO.

*Inicio de vigencia a partir del 01/03/2025

Requisitos y CONDICIONES

REQUISITOS Y CONDICIONES

  • Tener un préstamo vigente con Financiera QAPAQ.
  • Edad de Ingreso: Personas naturales mayores de 18 años y menores de 70 años 364 días (inclusive) de edad.
  • Edad de Permanencia: Con un máximo de 75 años 364 días (inclusive) de edad.

Prima Comercial

Tasa Neta Mensual: 0.108% 
Tasa Bruta Mensual: 0.111%  

 Cálculo de la Prima Comercial: La prima comercial se calculará multiplicando la Tasa Bruta Mensual por el monto inicial del crédito por el número de meses del crédito. 

El cargo por la comercialización de seguros está incluido en la prima comercial y es equivalente al 48.54%.  

Periodicidad de pago: Prima única adelantada 
Forma de Pago: Cargo al crédito

Exclusiones
Sin exclusiones.

Beneficiario Titular
Financiera Qapaq por el Saldo Insoluto (sin considerar penalidades, comisiones y gastos) a la fecha de ocurrencia del siniestro.

Beneficiarios Adicionales
El beneficiario en favor de el/ los Beneficiarios (s) Adicional(es) comprende la diferencia que exista entre la Suma Asegurada declarada en la Solicitud-Certificado de Seguro y el saldo insoluto de la deuda (sin considerar penalidades, comisiones y gastos) a la fecha de ocurrencia del siniestro. En caso de no haber declarado Beneficiarios, la indemnización se pagará a los Herederos Legales del Asegurado.

Procedimiento en CASO DE SINIESTRO

AVISO DE SINIESTROS

En caso de siniestro, los beneficiarios deberán dar aviso a la compañía en un plazo no menor a 30 días calendarios desde el conocimiento del mismo, o del beneficio, o después de dicho plazo, tan pronto como sea posible, siempre y cuando el retraso obedezca a motivos de fuerza mayor. Posteriormente deberá de presentar los siguientes documentos:

En caso de Muerte Natural:

  • Documento de identidad del ASEGURADO, en caso lo tenga en su poder o ante la ausencia de dicho documento la Ficha Reniec del ASEGURADO.
  • Acta o Partida de Defunción.
  • Certificado Médico de Defunción completo.
  • Estado de Cuenta del préstamo a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad Financiera.
  • Ficha Ruc y/o DNI del (los) Beneficiario(s).
  • Certificado Médico de Defunción completo.

En caso de Muerte Accidental, adicionalmente se deberá presentar:

  • Documento de identidad del ASEGURADO, en caso lo tenga en su poder o ante la ausencia de dicho documento la Ficha Reniec del ASEGURADO.
  • Acta o Partida de Defunción.
  • Certificado Médico de Defunción completo.
  • Estado de Cuenta del préstamo a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por la Entidad Financiera.
  • Ficha Ruc y/o DNI del (los) Beneficiario(s).
  • Atestado Policial Completo, según corresponda.
  • Protocolo de Necropsia completo, según corresponda.
  • Resultado de Dosaje Etílico y/o Resultado de Análisis Toxicológico; según corresponda.

En caso de Invalidez Total y Permanente por Accidente:

  • Documento de identidad del ASEGURADO, en caso lo tenga en su poder.
  • Copia Certificada del Atestado Policial Completo, según corresponda.
  • Resultado de Análisis Toxicológico; según corresponda.
  • Certificado de Discapacidad o Dictamen de Grado de Invalidez otorgado por los hospitales de los ministerios de Salud, de Defensa o del Interior, o también por el Seguro Social de Salud (EsSalud), u otra entidad autorizada para emitir dicho documento, en el cual se declare la condición de Invalidez Total y Permanente por Accidente.
  • Formato de Declaración Médica suscrita por el médico tratante.
  • Historia Clínica en copia fedateada y foliada por la institución de salud (en caso el formato Declaración Médica no fuese suficiente para evaluar el siniestro).
  • Estado de Cuenta del préstamo a la fecha de ocurrencia del siniestro, emitido por EL CONTRATANTE
  • Dosaje Etílico, en caso de accidente de tránsito.

Si tienes alguna consulta o necesitas más información, puedes llamar a CHUBB SEGUROS PERU S.A., al 417-5000, de lunes a viernes, de 9:00 a. m. a 6:00 p. m., o escribir a atención.seguros@chubb.com.

La cobertura del seguro es responsabilidad de Chubb Seguros Perú S.A., empresa distinta a Financiera Qapaq S.A . Ley N° 28587, sus modificatorias y reglamento correspondiente.

Certificado de PÓLIZA DE SEGURO